Curso del área de Fiscalidad Internacional

Gravados los beneficios empresariales. Jurisprudencia del Pleno del TFJA.

Asistencia técnica (25%), publicidad (35%), capacitación, servicios técnicos, software, Software as Service, honorarios, servicios independientes, arrendamiento, fletamento

Problemática
El SAT desde 2018 ha venido revisando y auditando de manera profunda a los Grandes Contribuyentes, obteniendo ingresos tributarios mucho mayores a través de la recaudación secundaria. Asimismo, ha venido “venciendo”, en las diversas instancias del Tribunal Federal de Justicia administrativa (TFJA), las defensas planteadas por los contribuyentes y sus asesores.

Así en la Jurisprudencia emitida por el Pleno Jurisdiccional del TFJA en junio pasado (2023), en materia de Beneficios Empresariales, confirmó la obligación de la retención y el pago de impuestos por Asistencia Técnica y Publicidad del Tratado entre Países Bajos y México. .

Nearshoring (Just in Time, Just in Case). El Gravamen de los Beneficios Empresariales, sin duda tendrá efectos en el fenómeno del “Nearshoring”. México se ha convertido ya en el principal proveedor de los Estados Unidos y celebró, hace más de 20 años, sus primeros tratados para evitar la doble tributación, con los EUA y Canadá, los cuales han sido actualizados a través de Protocolos, y ahora el de Canadá con el MLI.

Objetivo

  1. Revisar los pagos por beneficios empresariales ya efectuados a residentes en el extranjero y corregir, en su caso, posibles omisiones de retenciones de ISR, No Deducibilidad, así como multas, actualizaciones, y acreditamientos.
  2. Preparar el Expediente de Defensa (Defense File) necesario para que el contribuyente y sus asesores, desde un comienzo mantengan los documentos asociados a la transacción, así como los soportes que sustenten los valores e información que se haya incluido en declaraciones e informes. Asimismo, ponderar la conveniencia de efectuar o no las retenciones en el futuro, previendo la posible decisión del TFJA de acuerdo o no, con la interpretación del SAT.
  3. La entrada en vigor en enero de 2023 de más de 50 tratados fiscales cubiertos (covered treaties) a través del Instrumento Multilateral (implementación de las Acciones BEPS) y en especial, el PPT (Prueba del Propósito Principal) y la Regla General Anti Abuso y Evasion (GAAR) del CFF.
  4. Nearshoring: Pagos a Residentes extranjeros, Establecimiento Permanente, asignados internacionales (impatriados y expatriados), Subcontratación, INM, REPSE.

Dirigido a
Consultores en materia de Fiscalidad Internacional, contadores, contralores, auditores, fiscalistas, abogados, funcionarios tributarios y sobre todo asesores interesados en conocer y en su caso enfrentar, los trascendentes efectos, pasados y futuros, de los ingresos de los cerca de 60 tratados fiscales de México para “Evitar la Doble NO Tributación” (Prefacio del MLI), por la exclusión de los Beneficios Empresariales.

Información del curso
Curso disponible en su empresa a partir de 12 personas.
Expositor(es):
Duración: 5 hora(s)
Valor N.D.P.C.: 5 pts.
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Temario

  1. Antecedentes de los Esfuerzos Recaudatorios de México
  2. 1980’s: Reforma Fiscal LISR, LIVA y LIEPS. 1990’s: Concertación de Tratados Fiscales Modelo OCDE (país de la Residencia). 2000: Impuestos de Salida (Exit Taxes). Beneficiario Efectivo. 2005: la Trascendente Reforma de relativa la Exclusión de los Beneficios Empresariales del Título V. 2013: Fallos contrarios al contribuyente o al retenedor por parte del TFJA, alejados del principio de Buena Fe y del Pacta Sunt Servanda de la Convención de Viena.
  3. Gravamen de los Beneficios Empresariales (BE) y la Jurisprudencia emitida por el Pleno Jurisdiccional del TFJA en junio pasado (2023)
  4. Repaso de los precedentes de los BE como: asistencia técnica, publicidad, capacitación por impatriados, servicios técnicos, software, SaaS, servicios independientes, arrendamiento, fletamento. ¿Y la aplicación de los artículos 14 y 21 de los Tratados? El residente en México como pagador de los impuestos a cargo del Contribuyente y el residente extranjero como contribuyente del impuesto; aprovechamiento de la regulación del Artículo 4° de la LISR. Partes relacionadas.
  5. El Instrumento Multilateral (MLI). Implantación de las Medidas BEPS (Erosión de la Base Gravable y Traslado de los Beneficios)
  6. Estar listos para la entrada en vigor del Instrumento Bilateral y sus efectos en los 60 tratados: enero 2023. Atención: el Fisco mexicano dispone ya de la GAAR (Cláusula General Anti-Elusión o Abuso) y ahora, de la PPT (Principal Purpose Test), así como de la Cláusula de Limitación de Beneficios (LOB, por sus siglas en inglés)
  7. Seguros de responsabilidad civil profesional
  8. RC Profesional para abogados, contadores. Directores y Oficiales (D&O). Opinión Fiscal.
  9. Acciones
  10. Posibles Defensas ante el Poder Judicial Federal. Artículo 27 de la Convención de Viena dispone que una Parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno como justificación de su incumplimiento de un tratado (anulación del tratado: treaty override). Artículo 31 establece que un tratado debe interpretarse de buena fe de conformidad con el sentido corriente que ha de atribuirse a los términos del tratado en su contexto y a la luz de su objeto y propósito, respetando Principio de la Confianza Legítima. Artículo 14 de los Tratados sobre Servicios Independientes.

Grupos

Curso disponible en su empresa a partir de 12 personas.

Opiniones

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