Problemática
Con la entrada en vigor de la regla 3.1.35 y 3.1.36 de las RGCE, el próximo 1 de julio de 2016, además de la obligación de asentar en el pedimento de exportación correspondiente, el número o números de folio fiscal del o de los CFDI para las operaciones de exportación definitivas A1, deberá cumplirse con un nuevo complemento en la cadena de los CFDI emitidos para las operaciones señaladas.
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