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Código binario del dictaminador
Código binario del dictaminador

por: C.P.C. Rafael Saavedra Urbina - Consultores en Auditoría Integral, S.C.

De acuerdo al Informe Tributario y de Gestión 2007, emitido por el SAT, se presentaron 109,082 dictámenes correspondientes al ejercicio 2006, de los cuales solo el 10% son preparados por las cuatro grandes firmas, por lo que el resto son emitidos por cerca de 5,000 dictaminadores activos para un promedio de 20 dictámenes per cápita.

Las disposiciones fiscales que regulan esta actividad, privativa del Contador Público, han sufrido recientemente importantes y controversiales modificaciones, entre las que, sólo por mencionar algunas, sobresalen:

  1. La obligatoriedad de la certificación del CPR y,
  2. La revelación en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente si éste incorporó en el dictamen la información relacionada con la aplicación de algunos de los criterios no vinculativos.

Respecto al primer punto, existen colegas que interpusieron amparos y respecto al segundo existen opiniones encontradas respecto a su inclusión o no en el mencionado informe aunque el contribuyente no haya aplicado ninguno de los mencionados criterios.

Por mencionar otro aspecto controversial, está lo señalado en el articulo 54, fracción II, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación que especifica que el dictaminador, en caso de observar cualquier omisión respecto al cumplimiento de sus obligaciones como contribuyente o retenedor, la mencionará en forma expresa y aquí surge la primera gran interrogante, qué obligaciones debo revelar en caso de incumplimiento todas, o sólo las que impliquen omisión de impuestos. Para tratar de responder a esta situación basta mencionar que para una persona moral en situación normal, existen, en materia de disposiciones fiscales federales, un aproximado de 66 distintas obligaciones, las que teóricamente, el auditor debe revisar y obtener evidencia comprobatoria de su cabal cumplimiento.

Por otra parte, el Código Fiscal de la Federación, en su artículo 91-A, únicamente sanciona el no informar, en el informe ya mencionado, sobre omisión de contribuciones siempre que las contribuciones sean determinadas por las autoridades y se vinculen al incumplimiento de las normas de auditoría.

En este mismo orden de ideas, el artículo 52, fracción II, del Código Fiscal de la Federación, menciona que el dictamen se debe formular de acuerdo con las normas de auditoría, mismas que también se han modificado o bien boletines cuya normatividad nos favorece en la ejecución del trabajo ya que esos 5,000 dictaminadores normalmente atienden empresas PYMES como es el caso del boletín 6070 Consideraciones en la auditoría de pequeños negocios que nos sugiere procedimientos alternativos si auditamos una empresa de estas características.

Es lamentable comprobar que muchos de nosotros, a pesar de las graves consecuencias que puede ocasionar a nuestra firma y a nuestros clientes, le damos más importancia al aspecto fiscal en detrimento del aspecto normativo de esta excelsa actividad, tan afectada por los escándalos financieros a nivel mundial que han ocasionado la creación de organismos como en Estados Unidos del PCAOB (Public Company Accounting Oversight Board) y que aquí en nuestro país se pretende instaurar una figura similar a través del COVIFIA (Consejo de Vigilancia de firmas de auditoría) y que no es otra cosa más que un AUDITOR DE AUDITORES, ya que es lamentable el tipo de irregularidades más frecuentes que se presentan en la revisión de dictámenes que el Comité Mixto de Evaluación en los foros apropiados, difunde que nos debe llevar a reflexionar que más que Certificación nos debe motivar a la reflexión y a la acción respecto al cumplimiento de nuestra norma de educación continúa y tal vez la creación de una Escuela para Dictaminadores.

En materia de sistemas computacionales y electrónicos, el código binario es el sistema numérico para codificar números enteros positivos y facilitar las operaciones, los dos símbolos empleados son el 0 y el 1, por lo que, en materia de dictámenes fiscales, debemos tener siempre presente el Código Binario del dictaminador que son las leyes fiscales y las normas de auditoría, ambas igual de importantes.







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