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IVA en Importaciones y Exportaciones

IVA en Importaciones y Exportaciones

C.P. Luis Eduardo Natera Niño de Rivera

En la actualidad, con la integración de nuestro país a la globalización, es muy importante conocer a fondo los diversos efectos fiscales que tienen las operaciones internacionales que celebran las empresas.

Una de las leyes que presenta mayor complejidad en este tipo de operaciones es la que se refiere al impuesto al valor agregado (IVA), en sus capítulos correspondientes a importaciones e importaciones.

El personal encargado del área fiscal en las empresas debe tener un conocimiento suficiente sobre temas en materia de comercio exterior para comprender a cabalidad el régimen que la Ley del IVA establece para las importaciones y las exportaciones, pues de lo contrario se corre el riesgo de no aplicar de manera correcta las disposiciones legales, poniendo en riesgo el acreditamiento del impuesto e incluso la deducibilidad de las partidas, para efectos del impuesto sobre la renta (ISR).

Los contribuyentes deben tener claras las diferencias que existen entre las operaciones nacionales que se celebran con residentes en el extranjero, mismas que son sujetas a la retención del IVA en algunos casos contemplados por la ley, de las operaciones que se consideran importaciones para efectos de dicho impuesto, ya sea que se trate de bienes tangibles (operaciones que se realizan ante las aduanas del país), bienes intangibles y servicios, las que generan el impuesto comúnmente conocido como IVA Virtual, pero que en la mayoría de las ocasiones no se comprenden sus consecuencias de manera integral, situación que conduce a los contribuyentes a una presentación incorrecta o incompleta de sus declaraciones mensuales y un deficiente registro contable de estas operaciones.

De igual forma, es común que las empresas no se preocupen por la correcta determinación de la base del IVA en las operaciones de importación, debido a que piensan que es un problema que atañe exclusivamente a los agentes aduanales que los auxilian en la realización de importaciones de bienes tangibles, idea que es completamente equivocada, puesto que el responsable de determinar los elementos esenciales de los impuestos, derechos y aprovechamientos derivados de la importación de bienes son los propios contribuyentes. En vista de ello, es importante conocer la manera en que debe determinarse el valor en aduanas de las mercancías importadas.

Respecto de las exportaciones, es muy importante conocer la forma en la que operan e interactúan las empresas dedicadas a realizar operaciones de comercio exterior (Maquiladoras, PITEX y ECEX), con el objeto de poder aplicar la tasa del 0% del IVA y así maximizar los flujos de efectivo en la empresa, situación que se traduce en una mayor competitividad en los mercados internacionales y en la generación de mayores utilidades.
Esto adicionado a la dificultad que representa el hecho de que la regulación en esta materia se encuentra contenida en las reglas de carácter general en materia de comercio exterior, mismas que normalmente no son conocidas por los contribuyentes.

Por último, también es de la mayor importancia entender claramente las disposiciones que regulan la exportación de bienes intangibles y servicios, puesto que hay que cumplir con disposiciones complicadas para poder aplicar en estos casos la tasa del 0%. Es común que los contribuyentes piensen que todo servicio prestado a un residente en el extranjero es una exportación de servicios, siendo esta idea completamente equivocada, situación que puede llevar a la empresa a tener créditos fiscales por concepto de IVA que no se ha enterado a las autoridades fiscales.

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