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Lo que nos dice la grafologa
Programa de Regularizacin del ISR 2009. Y los ejercicios pasados y el IVA y el IETU?


Sergio A. Ramírez1

Antecedentes

El Servicio de Administracin Tributaria (SAT), SAT detect en 2008, cuando entr en vigor el Impuesto a los Depsitos en Efectivo (IDE), que un importante monto de recursos transita por los bancos y no corresponden con las declaraciones de los contribuyentes.

As, el SAT est emprendiendo un Programa para regularizar a 600,000 contribuyentes que no declararon 90,000 millones de pesos en el 2009. Adems har actos de fiscalizacin directos a 16,000 contribuyentes.

Para eso, el SAT enviar a estos 600,000 contribuyentes, cartas invitacin y formularios de pago, para que corrijan su situacin fiscal en relacin con el ISR e invita que se regularicen tambin, por otros ingresos percibidos aparte de los depositados en el sistema bancario. Quienes no paguen o no aclaren porque no estaban obligados en 2009 a acumular estos ingresos, sern candidatos para una auditora directa, en la que se les hara una Revisin Integral de su situacin fiscal y de sus operaciones con terceros.

As, el contribuyente invitado tendr tres opciones:

  1. No hacer caso a la invitacin, por lo que podra ser sujeto a una accin de fiscalizacin por parte del SAT
  2. Pagar el impuesto omitido, a travs del formulario enviado por la autoridad, eligiendo entre el pago de contado o hasta en seis parcialidades; en caso de que el contribuyente no est de acuerdo con el monto propuesto, podr calcular el impuesto que le corresponda y presentar su declaracin a travs del "DeclaraSAT".
  3. En caso de querer realizar una aclaracin relativa al origen de los ingresos dados a conocer en la carta invitacin, lo podr hacer a travs del micrositio de la pgina del SAT2 "Apartado de aclaraciones", sealando que el principal origen de sus ingresos por depsitos en efectivo provienen de: sueldos, honorarios, rentas, actividades agrcolas, ganaderas, pesqueras o silvcolas, negocio u otros.

El SAT ahora

Como parte de la estrategia para combatir la informalidad, el SAT est llevando a cabo acciones de regularizacin del impuesto sobre la renta (ISR) por el ejercicio fiscal de 2009.

Derivado de la informacin que se obtiene de las declaraciones del impuesto a los depsitos en efectivo (IDE), se han identificado alrededor de 600 mil contribuyentes que recibieron depsitos y posiblemente evadieron el pago del ISR.

As, se busca regularizar a:

  • Contribuyentes que no presentaron la declaracin 2009 y que tuvieron depsitos en efectivo en dicho ejercicio
  • Contribuyentes que por el rgimen en que tributan no estaran obligados a presentar declaracin anual pero que tuvieron depsitos en efectivo en 2009, que rebasan el importe establecido en la LISR
  • Contribuyentes en Suspensin de Actividades antes de 2009, pero que tuvieron depsitos en efectivo en dicho ejercicio
  • Contribuyentes no inscritos en el RFC pero que tuvieron depsitos en efectivo en el ejercicio 2009

A estos contribuyentes se les est enviando una carta mediante la cual se les invita a regularizar su situacin fiscal y un formulario para el pago del impuesto correspondiente, con plazo hasta el 31 de marzo de 2012, para obtener los beneficios que otorga la Regla II.2.8.3.7. de la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2011 (Anteproyecto de Primera Resolucin de Modificaciones a la RMF 2011 de 3 de Noviembre de 2011), entre los que estn:

  1. Poder pagar hasta en seis parcialidades mensuales y sucesivas, sin necesidad, adems, de garantizar el inters fiscal.
  2. Las personas fsicas que no se encuentren inscritas en el RFC, tendrn por cumplida su obligacin de inscribirse en el RFC, al momento de realizar el pago de la primera parcialidad, para lo cual debern anotar su CURP en la forma anexa a la carta invitacin.
  3. Las personas fsicas que hayan suspendido actividades en el RFC antes del 1 de enero de 2009, que durante el citado ejercicio hubiesen percibido ingresos, sern reanudados en el RFC por la autoridad a partir del primer mes en el que la institucin del sistema financiero lo report con un IDE recaudado o pendiente de recaudar.

Adems, a quienes no estn en el Registro Federal de Contribuyentes se les inscribir automticamente, como una "facilidad administrativa"3.

Cuestionamientos

El ejercicio fiscal de 2009 es el que pretende el SAT regularizar; sin embargo, estos contribuyentes omisos, empezaron a realizar estos depsitos cercanos a los 100,000 millones de pesos en sus cuentas precisamente a partir de 2009 o realmente lo han venido haciendo desde 2008, 2007, 2006?

Por otra parte, para el primer semestre de 2012, se iniciar el Programa de Regularizacin de 2010. El pago del ISR de 2011, deber hacerse en la declaracin del ejercicio de abril de 2012.

El contribuyente deber cumplir tanto con sus obligaciones formales omitidas como con las obligaciones de pago de otros ejercicios y de otras contribuciones?

Anlisis del Programa de Regularizacin

Es importante reflexionar acerca de los alcances fiscales, jurdicos, penales que podra representar entrar al Programa de Regularizacin de 2009, para un contribuyente, NO inscrito en el Registro de Contribuyentes, o para un contribuyente inscrito en el RFC pero que no present la declaracin de ISR de 2009, ya que ambos posiblemente han venido haciendo depsitos importantes de efectivo en sus cuentas.

En relacin con la naturaleza de las Cartas-Invitacin es conveniente recordar que Tribunal de lo Contencioso Administrativo del DF emiti jurisprudencia en la cual se revisa el alcance de las cartas invitacin al contribuyente, sealando que "slo son un medio para facilitar al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, por lo que no constituyen resoluciones definitivas que contengan la ltima voluntad de la autoridad.."

En este mismo sentido, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin, en la Contradiccin de tesis 131/2002, en relacin con el primer acto de aplicacin y la recepcin de una carta invitacin, seala que "no se establece sancin alguna para el caso de incumplimiento, por lo cual, dichas cartas, en realidad, constituyen un programa preventivo para evitar sanciones y molestias innecesarias, que no trascienden de manera alguna a la esfera jurdica del contribuyente y, por ende, no le causan perjuicio para los efectos de la procedencia del juicio de amparo".

Acciones a tomar

En la carta invitacin se seala que el contribuyente deber de actualizar sus obligaciones en el Registro Federal de Contribuyentes. Cules?

En principio, deber identificar su actividad y sus obligaciones correlativas, o sea, bajo qu rgimen fiscal debiera venir operando esta persona fsica, y desde que ejercicio.

  • Salarios
  • Honorarios
  • Actividades empresariales (Repeco, Intermedio)
  • Arrendador

Por lo tanto, se tiene que analizar si la persona estaba obligada a darse de alta como contribuyente del IVA, del IETU, como empleador, retenedor, etc.

Se debe determinar si el contribuyente tendra que cumplir retroactivamente sus obligaciones de pago, y formales en materia de declaraciones (pagos provisionales, informativas, anuales, DIOT, etc.), emisin de facturas o recibos, traslado del IVA, llevar contabilidad.

Desde cuando el contribuyente, que haba suspendido sus actividades ante el RFC, debi haber presentado el aviso de reanudacin correspondiente.

Tambin definir qu obligaciones deber cumplir en el futuro, por ejemplo 2012: Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

Conclusiones

Es muy conveniente que las personas fsicas candidatas a regularizar su situacin fiscal a travs de este programa, cuenten con informacin previa y suficiente, para cumplir, llegado el caso, con sus obligaciones sustantivas y adjetivas pendientes de ejercicios pasados (2008 hacia atrs) y ejercicios posteriores al que se regulariza (2010 y 2011).

Que conozcan de antemano, todas las consecuencias fiscales y jurdicas, que se pueden enfrentar al entrar al Programa.

Que los participantes potenciales del Programa reciban asesora adecuada, que les permita prever las posibles acciones de fiscalizacin, por ejemplo, en relacin con otras contribuciones: IVA, IETU, y otras obligaciones como retenedor y empleador, en su caso.


1 Es abogado por la Escuela Libre  de  Derecho. Expositor en el CEFA.  Consultor en Quibrera Saldaña. www.quibrera.com

3 Proyecto de Regla II.2.10.4. 3 de noviembre de 2011.

 






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