Objetivo
A un mes de la expedición obligatoria del complemento carta porte siguen habiendo preguntas sobre su correcta expedición: ¿Quiénes son los obligados? ¿Cuándo debe hacerse? ¿Qué sucede si no se hace? ¿Cuál es la forma correcta de su llenado? ¿A partir de cuándo será obligatorio? ¿En qué casos se añade a un CFDI de ingresos y en cuáles a uno de traslado?
Nuestra intención es dar respuestas a éstas y otras a través de una plática sencilla y de fácil comprensión.
Dirigido a
Centro de Estudios Fiscales, S.C.
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