Curso del área de Impuestos

RESICO de personas físicas


Objetivo
Dar a conocer de una manera sencilla y práctica las disposiciones fiscales del ISR relativas al régimen simplificado de personas físicas (RESICO), lo cual facilitará el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Dirigido a
Profesionales y tomadores de decisiones que buscan actualizarse en todas las disposiciones relacionadas con el RESICO, tales como:

  • Especialistas Contables: Contadores, subcontadores, auxiliares y auditores responsables del cumplimiento fiscal de personas físicas.
  • Administradores y Gerentes: Personal administrativo de empresas que realizan pagos a personas físicas y deben gestionar retenciones de ISR e IVA.
  • Empresarios y Emprendedores: Personas físicas con actividades empresariales, profesionales, de arrendamiento o del sector primario (AGAPES) que deseen optimizar su carga tributaria.
  • Asesores Independientes: Consultores y fiscalistas que brinden estrategia y soporte técnico a contribuyentes del RESICO

¿Por qué asistir?
Porque después de asistir, entre muchas
otras interrogantes, sabrá contestar:
  1. Identificar con precisión los requisitos de entrada y permanencia en el régimen para evitar la exclusión por parte de la autoridad fiscal.
  2. Dominar la mecánica de pagos mensuales y retenciones del 1.25% realizadas por personas morales.
  3. Gestionar correctamente el cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de ISR e IVA.
Información del curso
Nuevo
Cuota general: $2,800.00
IVA incluido
Cuota 30% de descuento
Cuota: $1,960.00
Descuento e IVA incluidos
Expositor(es):
C.P. y P.C.FI. Alberto Guillermo Castelló Durán (ACD)
Duración: 3 h
NDPC: 3 pts.
Curso disponible en su empresa a partir de 12 personas.
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Temario

  1. Contribuyentes que pueden optar por tributar en el RESICO
    1. Actividades por las que se puede tributar en el RESICO
    2. Ingresos de plataformas tecnológicas
    3. Límite de ingresos
    4. Ingresos que adicionalmente pueden obtenerse y continuar en el RESICO
    5. Posibilidad de volver a tributar en el RESICO
    6. Consecuencia por rebasar el límite de $3’500,000.00
    7. Límite de ingresos del ejercicio inmediato anterior
    8. Límite de ingresos en el ejercicio de inicio de actividades
    9. Opción de realizar actividades en copropiedad en Régimen Simplificado de Confianza
    10. Representante común de la copropiedad
    11. Avisos para tributar en el RESICO
    12. Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras
    13. Contribuyentes del RIF que opten por tributar en el RESICO
    14. Actividad empresarial según el CFF
    15. Actividad comercial según el Código de Comercio
    16. Concepto de actividades empresariales y profesionales según el artículo 100 de la LISR
    17. Concepto de uso o goce temporal de bienes inmuebles según el artículo 114 de la LISR
  2. Quiénes no pueden tributar en el RESICO
  3. Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras
  4. Pagos mensuales
    1. Determinación del pago mensual
    2. Presentación del pago mensual
    3. Retención de ISR por personas morales
    4. Ejemplos de retención de ISR e IVA cuando el pago lo efectúa una persona moral
    5. Declaración para enterar el 1.25% de ISR
    6. CFDI de retención del 1.25% de ISR
    7. Ejemplo 1 de pago mensual
    8. Ejemplo 2 de pago mensual
    9. Pago definitivo de IVA
  5. Obligaciones en el RESICO
    1. Obligaciones en general
    2. Plazo para obtener la e.firma
    3. Emisión de CFDI’s
    4. Contribuyentes que no podrán volver a tributar en el RESICO
    5. Obligaciones de las que se les releva
  6. Plazo para acreditar, deducir y solicitar devoluciones en el ISR
    1. Acreditamientos y deducciones
    2. Disminución de pérdidas fiscales
  7. Renta gravable para PTU
    1. Determinación
    2. Ejemplo para determinar la PTU
    3. Aspecto laboral
    4. Ejemplo para reflexionar en la distribución de la PTU
  8. Obligaciones para tributar en el RESICO
  9. Consecuencias por no presentar declaraciones
  10. Sanción por simular relaciones laborales
  11. Opción para continuar en el RIF
    1. Quienes venían tributando
    2. Quienes estaban en suspensión de actividades
    3. Reglas de la RMF 2021 aplicables a quienes continúen en el RIF

Grupos

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Grupo 1 : 22 de abril de 16:00 a 19:00 h ( ACD )
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