Retenciones de ISR por pago de salarios, honorarios normales y asimilables, arrendamientos y pagos al extranjero.
Objetivo:
La Ley del Impuesto sobre la Renta contempla el cálculo del impuesto a retener a los trabajadores por los ingresos que obtienen, así mismo el Reglamento de dicha Ley establece algunas alternativas de retención, por lo que en este curso aprenderá y hará ejercicios prácticos para determinar el ISR que debe retener a sus trabajadores, aplicando las reformas vigentes a partir del 1º de enero de 2008. También sabrá distinguir a las personas que cobran ingresos asimilables a salarios y conocerá el procedimiento para calcular la retención del ISR.
Dirigido a:
Encargados de calcular, retener y pagar los impuestos de los trabajadores y las personas que obtienen ingresos asimilables a salarios, sean contralores, gerentes administrativos, contadores, subcontadores y, en general, al equipo contable de las empresas. También a socios, asociados y auditores de despachos de contadores.
¿Por qué asistir?
Porque después de asistir, entre muchas
otras interrogantes, sabrá contestar:
- ¿Qué tarifas debe aplicar y cómo se calcula el ISR y el subsidio para el empleo cuando se hacen pagos semanales, quincenales, decenales, catorcenales?
- ¿Cómo se calcula el impuesto cuando se paga en función de trabajo realizado?
- ¿Cómo se calcula el impuesto de un fiquiquito?
- ¿Cómo se calcula el impuesto de una liquidación?
- ¿Cómo se calcula la retención a un asimilable?
- ¿Cómo se calcula la retención de un asimilable preponderante?
- ¿Cómo se calcula la retención de un trabajador que también es miembro del consejo de administración?
- ¿Cómo se calcula la retención de un consejero?
- ¿Sabe si cuando se calcula la retención del aguinaldo o la PTU aplicando el procedimiento contenido en el RISR se debe aplicar a todos los trabajadores?