Puntos conflictivos del IETU
Objetivo
Dar a conocer los puntos conflictivos de la Ley del IETU y las Reglas de la Miscelánea que desde su entrada en vigor a partir de 1 de enero de 2008, se han detectado y que los contribuyentes deben conocer para buscar y encontrar las soluciones que permitan cumplir con el pago correcto del IETU, tanto en pagos provisionales como del ejercicio.
Durante el curso, los participantes podrán plantear los puntos que a ellos les han parecido conflictivos o de difícil interpretación para buscar la respuesta.
Dirigido a
Encargados de pagar los impuestos de las empresas, sean contralores, gerentes administrativos, contadores, subcontadores y en general al equipo contable de las empresas. También socios, asociados y personal de despachos de contadores y auditores.
¿Por qué asistir?
Porque después de asistir, entre muchas
otras interrogantes, sabrá contestar:
- Qué sí es ingreso en el ISR y no en IETU.
- En qué casos las regalías sí son ingreso gravado para el IETU.
- Qué sí se deduce en el ISR y no en IETU.
- ¿Existe algún crédito fiscal en el IETU que pueda acreditarse o compensarse contra el ISR?
- Qué ingresos pagados con posterioridad al 31 de diciembre de 2007 no se toman en consideración para el cálculo del crédito fiscal por salarios.
- Son o no deducibles los intereses pagados en arrendamiento financiero.