Curso del área de Impuestos

Deducciones para efectos de IETU e ISR


Objetivo:
Dar a conocer de manera sencilla, amena y práctica los diferentes requisitos que se deben cumplir para llevar a cabo las deducciones autorizadas por la Ley del ISR, para que, una vez cumplidos, al enfrentar una revisión de las autoridades fiscales, éstas no determinen diferencias a cargo del contribuyente.

Dirigido a:
Encargados de pagar los impuestos de las empresas, sean contralores, gerentes administrativos, contadores, subcontadores y en general al equipo contable de las empresas. También socios, asociados y personal de despachos de contadores y auditores.
¿Por qué asistir?
Porque después de asistir, entre muchas
otras interrogantes, sabrá contestar:
  1. Cuáles son las diferencias entre las deducciones permitidas en ISR y cuáles en el IETU.
  2. Cuál es el impacto financiero de un no deducible.
  3. Qué alternativas hay para deducir sin comprobante fiscal con el total de requisitos.
  4. Qué ocurre si no se retiene el ISR al efectuar ciertas erogaciones.
  5. Qué consecuencias tiene no haber pagado una deducción en el IETU.
  6. Qué puede hacer para lograr la deducción si no retuvo el ISR.
  7. Cuándo se está en presencia de una erogación estrictamente indispensable.
  8. Cuándo debe pagar con cheque o medios electrónicos y no con efectivo, para lograr una deducción.
  9. Cuándo conviene pagar honorarios asimilables a salarios.
  10. Cuáles son los requisitos para deducir prestaciones de previsión social.
Información del curso
Curso disponible en su empresa a partir de 12 personas.
Expositor(es):
Duración: 5 hora(s)
Valor N.D.P.C.: 5 pts.
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Temario

  1. Introducción
  2. Deducciones permitidas en cada impuesto
  3. ¿Cuando una erogación es estrictamente indispensable?
  4. Requisitos de las deducciones
  5. Retenciones de ISR e IVA
  6. Ingresos asimilables para ciertas deducciones
  7. Autofacturación
  8. Deducción inmediata y otras deducciones especiales de inversiones
  9. Deducción adicional de inversiones nuevas
  10. Deducciones especiales que se permiten en ISR y que no se reconocen en IETU
  11. Facilidades para efectuar deducciones en el ISR que no se permiten en IETU
  12. Deducciones en personas físicas con ingresos por honorarios, por el otorgamiento del uso o goce temporal y por actividades empresariales
  13. Deducción para ingresos presuntos
  14. Conclusiones y recomendaciones

Grupos

Curso disponible en su empresa a partir de 12 personas.

Opiniones

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