La auténtica planeación fiscal

C.P. Carlos Orozco-Felgueres Loya, Presidente de Grupo Orozco Felgueres Loya



La planeación fiscal no es una política que trate de evadir el cumplimiento de las obligaciones, al contrario, es una disciplina que permite colocarse en la mejor situación que la ley prevea de acuerdo a las actividades de un sujeto, con el propósito de optimizar sus recursos y cumplir con todos los requerimientos fiscales.



Por lo anterior, debemos tomar en cuenta que:

  • La planeación en si misma no implica un riesgo, sino por el contrario, lo evita, da seguridad fijando el rumbo con certidumbre.
  • La planeación no puede ser correctiva del pasado, debe ser preventiva del futuro.
Metodología de la planeación
Toda planeación debe estar basada en un programa:

Ejemplo, el Programa de Excelencia Fiscal Corporativa, ya que no se pueden tener recetas de cocina que sean aplicables a todo tipo de contribuyentes o estructuras empresariales, pues cada una de ellas guarda una forma propia del manejo de sus negocios, sus necesidades son distintas y sus estructuras accionarias tienen siempre diversas particularidades.

Una de las maneras en que debe desarrollarse una adecuada planeación fiscal es considerando los siguientes pasos:

a) Radiografía y/o análisis: Consiste en identificar el estado actual desde el punto de vista fiscal, jurídico, financiero, etc., de la empresa o grupo de empresas que serán objeto de la planeación. En esta parte se pretende determinar cuales son las características particulares respecto a su funcionamiento, capacidad de generar ingresos, giro, etc.

b) Diagnóstico: Es determinar las posibles soluciones que servirán de base para la toma de decisiones.

c) Alternativas: Es el análisis conjuntamente de los asesores con los accionistas de la empresa en donde se determinan los procesos a seguir.

d) Implantación: Consiste en la aplicación de los acuerdos tomados. Estos acuerdos pueden involucrar a especialistas de otras áreas, en su caso.

e) Mantenimiento: Como el resultado de una adecuada estrategia, puede verse afectado si no se siguen unas políticas permanentes adecuadas, es indispensable el conseguir un acercamiento directo en la operación del negocio y coordinar las actividades para efectos fiscales de manera permanente.

El pago de impuestos, al igual que otros insumos es un costo del producto, por lo tanto, no puede decirse que se esta cumpliendo con la misión de la empresa de producir el mejor producto al precio más bajo si incurre en altos costos fiscales.

Cumplir cabalmente con las obligaciones fiscales implica no pagar menos de lo que este obligado, pero tampoco pagar más de lo que se debe y esto significa estar aprovechando todos los beneficios que ofrece la ley.

Soporte jurídico

Todo programa o actividad a desarrollar en la empresa debe quedar debidamente soportada, para evitar caer en pago de impuestos excesivos o en un problema fiscal y/o penal con las autoridades hacendarias: el soporte que debe hacer es:

a) Soporte Fiscal: Que la operación o actividad a efectuar esté dentro de las leyes fiscales debidamente fundamentada.

b) Soporte Legal: Que tenga el soporte jurídico necesario para que en caso de alguna discrepancia con las autoridades fiscales o cualquier tercero se pueda defender la operación o actividad realizada.

c) Soporte Documental: Que se cuente con el documento, contrato, acta, etc., respectiva que sea necesaria. Existe el dicho “papelito habla”, lo que es totalmente cierto.

d) Soporte Contable: Uno de los requisitos de la deducibilidad es el de registrar contablemente todas y cada una de las operaciones efectuadas, ya que el no hacerlo tiene como castigo la no deducibilidad de la partida, aunque se reúnan todos los demás requisitos fiscales.

e) Razón de negocio: Que cuando se efectúe algún programa empresarial en la empresa se realice no nada más por el aspecto fiscal, sino como consecuencia de las actividades normales o cambios convenientes para el negocio, tendientes a mejorar por una razón de negocios, por ejemplo: el constituir un corporativo de servicios para evitar que una huelga paralice las actividades de la empresa.

f) Dictamen Fiscal: En toda la contribución es importante tener la seguridad de que la información que se tiene para la toma de decisiones es confiable, así como para tener una garantía jurídica en la implantación de un programa de optimización fiscal, por lo que resulta un acierto el dictaminarse para efectos fiscales y financieros.

Los dictámenes que la empresa puede hacer son los siguientes:
  • Para efectos fiscales y financieros.
  • De enajenación de acciones.
  • Para efectos del seguro social e INFONAVIT.
  • Declaraciones para devoluciones del IVA.
  • Para efectos financieros.
  • Contribuciones locales.
Otras consideraciones de la planeación fiscal
  • Bitácora de perdidas fiscales.
  • Operaciones a valor de mercado.
  • Informe de la situación fiscal a los accionistas de la empresa.
  • Determinación exacta del Costo de lo Vendido.
  • Presentación de Declaración Informativa como requisito de deducibilidad.
Ejemplo: Sueldos y salarios.
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